Informe Idoneidad Técnica Barcelona
El Informe Idoneidad Técnica (IIT Barcelona) acredita frente al Ayuntamiento que el proyecto de obras cumple con todos los requisitos que exige la Ordenanza Reguladora de los Procedimientos de Intervención Municipal. Nuestros campos de actuación son:
Verificar la documentación que, para cada tipo de actuación se genera en el trámite de consulta previa para la tramitación de permisos de obras: licencia de obra, comunicado, enterado o autorización para actuaciones de urgencia del portal de trámites de la licencia de obra Ayuntamiento de Barcelona.
Acreditar el cumplimiento de los parámetros técnicos establecidos en la normativa técnica (parámetros de revisión), cuando sean de aplicación a las obras de que se trate.
Serán objeto de este procedimiento todas las obras que se realicen en el término municipal de Barcelona, sujetas a cualquier de los procedimientos de intervención que necesiten un control mediante licencia urbanística o régimen de intervención equivalente, y que vienen regulados en la Ordenanza reguladora de los Procedimientos de Intervención Municipal de las Obras (ORPIMO), BOPB de 25 de febrero de 2011.
Legalizaciones
Tramitación de permisos, licencias y subvenciones ante las autoridades competentes
Boletines eléctricos (CIEBT)
Licencias de apertura
Tramitamos licencias de apertura y declaraciones responsables para locales comerciales y de naves industriales
La licencia de apertura y actividad es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios.
Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:
Actividades inocuas: son aquellas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas. Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.
Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.
Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.